La Comisión Europea, tras tres reuniones con los responsables designados de los Estados miembros junto con los expertos europeos de residuos de plaguicidas y aditivos alimentarios, ha consensuado con todos los países de la UE un enfoque armonizado para la gestión del riesgo asociado a la detección de residuos de óxido de etileno en un aditivo alimentario utilizado en la fabricación de helados y otros alimentos.
Los Estados miembros, estando España representada por la AESAN, acordamos que, de conformidad con las disposiciones legales establecidas en la legislación alimentaria general:
Desde el comienzo de esta alerta ya se iniciaron en nuestro país las acciones de retirada del aditivo contaminado y de inmovilización de los productos derivados. Tras la emisión de este criterio común, todos los productos elaborados a partir del aditivo contaminado están siendo retirados de forma inmediata de la cadena de comercialización por parte de las empresas alimentarias responsables, en cumplimiento de la estricta legislación alimentaria europea.
La AESAN recuerda a las empresas alimentarias que, en cumplimiento de la legislación alimentaria, deben retirar de la cadena de comercialización todos los productos elaborados con este aditivo contaminado. Las autoridades competentes de las comunidades autónomas están supervisando la gestión de esta retirada, actuando de forma coordinada con la AESAN a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI).
Nota informativa de la Comisión Europea sobre la detección de óxido de etileno.
Consulta el documento de preguntas y respuestas sobre el óxido de etileno
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