e ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/24 de la Comisión de 13 de enero de 2020 que autoriza una ampliación del uso de las semillas de chía (Salvia hispanica) como nuevo alimento y el cambio de las condiciones de uso y de los requisitos de etiquetado específicos de tales semillas con arreglo al Reglamento (UE9 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo, y que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 de la Comisión.
El 14 de marzo de 2019, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) adoptó el dictamen científico «Safety of chia seeds (Salvia hispanica L.) as a novel food for extended uses pursuant to Regulation (EU) 2015/2283». En él se concluye que el uso de semillas de chía en alimentos que no requieren en su fabricación, transformación o preparación un tratamiento térmico a una temperatura igual o superior a 120ºC, a saber, chocolate, pastas de fruta para untar, postres a base de frutas, mezclas de frutas con leche de coco para tarrinas dobles, preparados de frutas como capa de fondo de productos lácteos, productos de confitería (excepto los chicles), productos lácteos y similares, hielos comestibles, productos a base de frutas u hortalizas, bebidas no alcohólicas y compotas de frutas u hortalizas, o con cereales, es seguro sin restricciones ni precauciones específicas en relación con los niveles de uso en esos alimentos. Además, aunque los púdines no estaban incluidos en la evaluación de la EFSA, el dictamen proporciona motivos suficientes para autorizar también la ampliación de uso para este producto, en aquellos casos que su fabricación no supere la temperatura indicada anteriormente.
Respecto a la formación de acrilamida cuando se utilizan semillas de chía en alimentos que en su fabricación requieren un tratamiento térmico a una temperatura igual o superior a 120ºC, en el dictamen la EFSA consideró que se necesita más información. La información adicional a este respecto se puede aportar hasta marzo de 2020. A falta de ella, la evaluación de las ampliaciones del uso de las semillas de chía en ese tipo de productos queda aplazada.
Por otro lado, teniendo en cuenta que hasta la fecha solo se tiene noticia de dos casos de alergia, y a la luz del consumo generalizado de semillas de chía y de su presencia en el mercado mundial y de la Unión desde hace muchos años, la Comisión considera que no son necesarios requisitos específicos de etiquetado relativos a posibles reacciones alérgicas por el consumo de semillas de chía, hasta que se hayan evaluado nuevas pruebas científicas.