*NUEVA LISTA DE SUSTANCIAS AROMATIZANTES

El uso de sustancias aromatizantes en los alimentos será aún más seguro y transparente gracias a dos actos legislativos adoptados hoy por la Comisión Europea. La industria alimentaria solo podrá utilizar las sustancias aromatizantes que figuren en las listas autorizadas.

Utilizadas para modificar el sabor o el olor de los productos alimenticios, las sustancias aromatizantes tienen una larga historia de utilización en una amplia variedad de alimentos, como refrescos, confitería, cereales, pasteles y yogures.El uso de sustancias aromatizantes en los alimentos será aún más seguro y transparente gracias a dos actos legislativos adoptados hoy por la Comisión Europea. La industria alimentaria solo podrá utilizar las sustancias aromatizantes que figuren en las listas autorizadas.El uso de sustancias aromatizantes en los alimentos será aún más seguro y transparente gracias a dos actos legislativos adoptados hoy por la Comisión Europea. La industria alimentaria solo podrá utilizar las sustancias aromatizantes que figuren en las listas autorizadas.El uso de sustancias aromatizantes en los alimentos será aún más seguro y transparente gracias a dos actos legislativos adoptados hoy por la Comisión Europea. La industria alimentaria solo podrá utilizar las sustancias aromatizantes que figuren en las listas autorizadas.

Utilizadas para modificar el sabor o el olor de los productos alimenticios, las sustancias aromatizantes tienen una larga historia de utilización en una amplia variedad de alimentos, como refrescos, confitería, cereales, pasteles y yogures.

Estos dos nuevos actos legislativos clarificarán y armonizarán la utilización de las sustancias aromatizantes en el mercado único.

El primer Reglamento (1) prevé una amplia lista de sustancias aromatizantes que pueden utilizarse en alimentos, y se aplicará a partir del 22 de abril de 2013 con tiempo para que la industria alimentaria de la UE pueda adaptarse a las nuevas normas. Todas las sustancias aromatizantes que no figuren en la lista se prohibirán después de un periodo de eliminación gradual de dieciocho meses.

El segundo Reglamento (2) se refiere a medidas transitorias para otros aromas, como los obtenidos a partir de fuentes no alimentarias, y se aplicará a partir del 22 de octubre de 2012.

La nueva lista incluye más de dos mil cien sustancias aromatizantes autorizadas. Otras cuatrocientas seguirán en el mercado hasta que la EFSA concluya su evaluación. Estas se han utilizado durante mucho tiempo, y ya han sido evaluadas como seguras por otros organismos científicos.

Los usos autorizados de las sustancias aromatizantes figurarán en un listado que indicará la categoría de alimentos a los que pueden añadirse. La lista estará disponible en una base de datos en línea que permitirá a los consumidores, la industria alimentaria y las autoridades nacionales de control de los alimentos identificar fácilmente las sustancias aromatizantes autorizadas en los productos alimenticios.

(1)Reglamento de Ejecución (UE) nº 872/2012 de la Comisión, por el que se adopta la lista de sustancias aromatizantes prevista en el Reglamento (CE) nº 2232/96 del Parlamento Europeo y del Consejo, se incluye dicha lista en el anexo I del Reglamento (CE) nº 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan el Reglamento (CE) nº 1565/2000 de la Comisión y la Decisión 1999/217/CE de la Comisión.

(2)Reglamento (UE) nº 873/2012 de la Comisión, relativo a las medidas transitorias sobre la lista de la UE de aromas y materiales de base que figura en el anexo I del Reglamento (CE) nº 1334/2008

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